Voluntades anticipadas
Es un escrito de una persona mayor de edad con plena capacidad de obrar que, actuando libremente, expresa las instrucciones que deben respetarse en la asistencia sanitaria a recibir en situaciones que le impidan comunicar personalmente su voluntad.
Sirve para que cuando la persona se encuentre imposibilitada para manifestar su voluntad, el equipo sanitario que interviene en su asistencia, respete y cumpla su voluntad previamente expresada.
Con el DVA ayudaremos a nuestros familiares y profesionales sanitarios a tomar las decisiones más adecuadas a nuestros deseos, valores personales o preferencias sobre cuidados y tratamientos.
Para más información: