Derechos y garantías de la persona objeto de información:
Derecho a la Información y de acceso al expediente: La persona a la que se atribuya la conducta o los hechos que han sido objeto de información a través de este SII será notificada de esta información en el menor tiempo posible, en todo caso, una vez transcurrido el tiempo prudencial necesario para llevar a cabo la investigación preliminar de las circunstancias informadas. Se le informará de la conducta o hecho que se le atribuye, de los posibles destinatarios de la información que se tramite (Juzgados o Fiscalía, en el caso de sospecha o indicios racionales de la comisión de un delito), del tratamiento de sus datos personales, así como de los trámites que deberán efectuarse en el expediente que, en su caso, se abrirá. Se preservará la identidad del informante, condicionado a que, con ello, no se afecte al buen fin de la investigación.
Derecho a la defensa ya la presunción de inocencia: Los afectados tienen derecho a ser escuchados en cualquier momento, a presentar alegaciones y, siempre, a la presunción de la su inocencia.
Derecho a la confidencialidad ya la protección: Durante la tramitación del expediente, los afectados por la información recibida tienen derecho a la confidencialidad de su identidad, al honor ya la misma protección que los informantes, a fin de evitar que puedan sufrir injustamente daños en su reputación, u otras consecuencias negativas.