
Rotaciones externas de los residentes de la UDMFyC
Requisitos para las solicitudes de rotaciones de los residentes de la unidad multiprofesional de Atención Familiar y Comunitaria (acuerdos de las UDM de AFIC DE Cataluña)
- La duración no superior a 1 mes a expensas de rotaciones optativas, preferiblemente durante MIR 3 y EIR 2.
- Se valorarán las solicitudes de rotación externa, siempre y cuando se quieran profundizar en las competencias propias del programa y la Unidad Docente no disponga de dispositivos o equipamientos para poder adquirir.
- Las solicitudes se presentarán con una antelación mínima de 3 meses desde el inicio de la rotación externa.
- La autorización de la rotación externa es siempre potestad de la Comisión de Docencia, previa valoración de la última evaluación anual del residente y la tramitará al Departamento para su aprobación definitiva.
- Cualquier excepcionalidad en las normas debe ser analizada por la Comisión de Docencia.
- No se puede hacer rotación externa en los 3 meses previos a la finalización de la residencia.
- Las guardias se seguirán efectuando. Si no es posible por situación geográfica, se asegurará de que su ausencia no distorsione el funcionamiento del centro ni de los compañeros, y cumplir antes o después el mínimo establecido por el programa.
- Debe tener la aceptación del centro receptor.
- Que la Gerencia del Centro de origen se comprometa expresamente a continuar abonando al residente la totalidad de sus retribuciones, incluidas las derivadas de la atención continuada realizada en la Unidad Docente de origen que pudiera realizar durante la rotación externa.
- Que se realicen preferentemente en centros acreditados para la docencia.
- En el caso de rotaciones externas en centros extranjeros el jefe de estudio, con la colaboración del tutor, tendrá cuidado de asegurarse de la idoneidad del centro a efectos formativos y de asegurarse de la documentación que lo acredite, si fuera necesario.
- Las rotaciones externas figurarán, debidamente visados, en el Libro del Especialista en Formación, y el Centro o Unidad donde se han practicado las actividades está obligado a emitir el correspondiente informe de evaluación.
- No se consideran como rotaciones externas las efectuadas en centros rurales acreditados si la Unidad Docente de origen no dispone de dispositivos rurales propios.
Documentación requerida
- Documentación que debe enviar el médico residente en su Unidad Docente:
- Formulario para la administración competente de la Comunidad Autónoma
- Aceptación del centro de destino
- Aceptación del residente de las condiciones de la estancia en donde conste el conocimiento de que los gastos (viajes, alojamiento, ...) van a su cargo.
- Aceptación del residente de pedir un seguro de enfermedad, accidentes, repat
- Aceptación de su tutor en relación con el logro hasta la fecha de los objetivos de formación.
- Documentación que debe enviar la Unidad Docente a niveles superiores
- Documento por La DGOPRS http://salutweb.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Rotacions-externes-en-centres-de-formacio-sanitaria-especialitzada
- Carta firmada por el Coordinador de la Unidad Docente a la Gerencia notificando el visto bueno de la Comisión de Docencia a la solicitud de la rotación externa del residente, y solicitando la firma del compromiso que durante la estancia en el extranjero el residente seguirá percibiendo el sueldo que le corresponda en ese periodo.
- Documentación que debe enviar el residente en la Unidad Docente al finalizar la estancia
- Memoria de Actividades desarrolladas.
- Certificación de la estancia del Residente en el centro / servicio.
- Hoja de evaluación de la rotación (modelo del Ministerio) complementada del responsable del residente durante la estancia en el centro o servicio receptor.
- Hoja de evaluación de la rotación complementada por el residente.
Para resolver cualquier duda podéis enviar un correu a la Secretaria de la UDMFyC ncadenet@mutuaterrassa.cat