Sistemas de retención infantil

Actualmente conviven dos normativas que regulan los sistemas de retención infantil:

  • normativa ECE R44 / 04 (desde 1982)
  • normativa ECE R129 o i-Size (desde 2013)

De momento encontramos sillitas homologadas con las dos normativas, pero todo apunta a que en poco tiempo quedará vigente sólo la normativa ECE R129 o i-Size.

Diferencias entre ambas normativas:

  • La nueva normativa deja de clasificar las sillitas para grupos (0/0 + / I / II / III) y pasa a clasificarlas por intervalos de peso y altura.
  • La normativa ECE R129, homologa sólo las sillitas contramarcha en niños por debajo de los 15 meses de edad y establece unas dimensiones mínimas para las plazas de los vehículos y unas dimensiones máximas para las sillitas infantiles. Tanto la silla como el asiento del vehículo deben llevar el distintivo "y-size".

¿Por qué es más seguro que los niños viajen a contramarcha?

  • La cabeza de los niños, sobre todo en los menores de 2 años de edad, es mucho mayor comparativamente con el resto del cuerpo y el cuello es más débil. Por ello, ante un impacto frontal o fronto-lateral, la cabeza iría adelante y después se impulsaría atrás de forma brusca con toda la inercia del impacto y con la consecuente lesión sobre la columna cervical. Si este mismo impacto se produce con el niño a contramarcha, el cuerpo entero se empuja hacia el respaldo de la silla quedando mucho más protegido. (Falta el enlace al video) Desde 2011 la Academia Americana de Pediatría ya recomendaba viajar a contramarcha y en países como Suecia, esta recomendación se extiende hasta los 4 años.
  • Las sillitas homologadas con la normativa y-Size solo se pueden instalar con el sistema isofix y no con cinturón de seguridad. Con esta medida se quiere evitar confusiones a la hora de instalar las sillitas y, por tanto, si su coche no tiene asientos con anclaje isofix, no podrá utilizar estas nuevas sillitas. Muy pronto sólo estarán a la venta sillitas homologadas con la normativa ECE R129 o i-Size. Esta normativa se irá introduciendo poco a poco:
    • Primera fase (única fase de esta normativa que está actualmente en vigor): vigente desde 2013 y afecta a los sistemas de retención infantil (SRI) que van desde el nacimiento a los 105 cm de altura (lo que actualmente conocemos como grupos 0 , 0+ y 1). Todas las sillas de estos grupos se instalan únicamente con sistema isofix excepto los portabebés para niños hasta 15 meses o 13 Kg que se pueden instalar con cinturón de seguridad si así lo especifica el fabricante.
    • En una segunda fase (año 2018-19) incluirán modificaciones que afectarán a los niños y niñas que miden más de 100 cm. Los elevadores deberán tener respaldo para asegurar la completa sujeción del niño. El niño sólo podrá ir con elevador sin respaldo por encima de los 125 cm de altura. Por lo tanto, si está utilizando un elevador sin respaldo, lo podrá seguir haciendo de momento, pero si ha de comprar un próximamente y su hijo no llega a los 125 cm de altura, mejor que os anticipáis a la nueva homologación y compre ya con respaldo.
    • La tercera fase y definitiva aún no tiene fecha implantación.

Normativa DGT para menores 135 cm:


De acuerdo con la Normativa DGT hay que recordar que los menores de 12 años que no alcancen los 135 centímetros, deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención adaptado a su talla y peso y que los sistemas de retención infantil se situarán siempre los asientos traseros del vehículo excepto: En coches de dos plazas donde no hay asientos posteriores Cuando los asientos traseros ya están ocupados por menores de las mismas características Cuando no se puedan situar en los asientos posteriores todos los sistemas de retención infantil En función del peso y altura del niño / a se establece una clasificación de los sistemas de retención: Grupo 0: Desde bebés hasta que cumplen 1 año. Se puede utilizar hasta los 10 kilos de peso. Se suele utilizar un capazo con arneses para ubicar en los asientos posteriores y que se pega a los cinturones de seguridad, o una silla de seguridad ligeramente inclinada que se podrá colocar en el asiento delantero (asegurándonos que el dispositivo de airbag del pasajero está desconectado) en sentido contrario a la marcha, o en la parte posterior. Siempre que pueda poner el niño o niña en la parte trasera, y también, en sentido contrario a la marcha. Grupo 0+: Para niños hasta los 18 meses. Puede utilizarse hasta llegar a los 13 kg. Es una silla que se coloca en el asiento trasero en sentido contrario a la marcha de manera que se proteja mejor ante cualquier colisión. Grupo I: Para niños con un peso entre los 9 y 18 kg., Y aproximadamente entre los 18 meses y los 4 años. Las sillas se pegan al cinturón de seguridad del vehículo. Van siempre situadas en sentido de la marcha, utilizando el cinturón del vehículo o uno supletorio que lleva la propia silla. Estas últimas llevan incorporado un arnés de 4 o 5 puntos de anclaje. Grupo II: Para niños con un peso entre 15 y 25 kg., Y aproximadamente entre los 3 y los 6 años. Consiste en un cojín elevador con respaldo dotado de protección lateral para la cabeza. Se debe colocar en los asientos traseros (si puede ser en el centro) y en el sentido de la marcha. Grupo III: Para niños con un peso entre los 22 y 36 kg., Y aproximadamente entre los 5 y los 12 años. Consiste en un cojín elevador, si es posible con respaldo de protección lateral para la cabeza y regulación de altura. Mayores de 12 años: Niños de altura superior a 135 centímetros (mayores de 12 años), pueden utilizar directamente los cinturones de seguridad del vehículo, siendo aconsejable que continúen utilizando un sistema de retención adecuado para su peso y talla hasta llegar a los 150 centímetros de altura.